Prisión preventiva: ¿remedio a la impunidad?
Dulce María Sauri Riancho
Esta
semana la Cámara de Diputados debatirá la reforma al artículo 19
constitucional. Viene del Senado, donde fue aprobada por amplia mayoría. Sin
embargo, nuestro deber como cámara revisora nos obliga a ponderar las razones y
argumentos antes de aprobar el nuevo texto constitucional. Muchas líneas y
numerosas opiniones se han vertido sobre la propuesta del presidente López
Obrador de incrementar los delitos que tengan de oficio, prisión preventiva; es
decir, que la persona presuntamente responsable se vaya a la cárcel, mientras
se desarrolla su juicio.
¿Por
qué este tema ha provocado tan encendidas polémicas? Se debe a que estamos en
un auténtico parteaguas: o avanzamos en el nuevo sistema de justicia penal o
retrocedemos a un pasado muy reciente, descrito en el dramático documental “Se
presume inocente”, con cárceles hacinadas y violación sistemática de los
derechos humanos en la aplicación de la justicia.
Es
verdad que la aplicación del nuevo sistema de justicia penal ha dejado en
libertad a numerosas personas encarceladas. Pero es mentira que se fueron sin
pagar su culpa con la sociedad y sin atender el reclamo de las víctimas.
Quienes han salido sin haber sido sentenciados siguen enfrentando su proceso en
libertad; esto significa que los fiscales investigadores no lograron presentar
ante el juez suficiente evidencia sobre su peligrosidad que ameritara dejarlos
en prisión. Pero sigue su juicio.
Es
verdad que criminales detenidos en flagrancia no llegan ante el/la juez:
simplemente salen libres en una especie de “puerta giratoria”. Es mentira que
esto suceda porque están acusados de delitos que no son considerados “graves”.
Antes de 2008, cualquier persona detenida podía salir bajo fianza si la media
aritmética de la pena del delito por el cual fue acusada era menor a cinco
años; los demás ingresaban al penal como procesados. Ahora, las y los jueces
valoran si la persona imputada puede enfrentar su proceso en libertad, siempre
y cuando no sea un peligro para la víctima, se presente regularmente ante las
autoridades judiciales, porte un brazalete con localizador, entregue su
pasaporte, etcétera.
Cuando
alguna de estas condiciones no se cumple, el/la juez dicta prisión
“justificada”.
No es
el tamaño del delito, sino la valoración del juez la que se impone.
Es
verdad que existen delitos cuya mera acusación amerita cárcel para los
presuntos responsables. El fiscal no tiene que pedirla; el juez no tiene que
justificarla, sólo aplicarla porque está en el artículo 19 de la Constitución.
Es mentira que es necesario aumentar el catálogo de delitos que merecen “prisión
preventiva oficiosa”. Desde 2008 el artículo 19 constitucional incluye:
“delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de
personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así
como delitos graves que determine la ley contra la seguridad de la nación, el
libre desarrollo de la personalidad y de la salud”. Por eso, es muy
cuestionable que se introduzca el feminicidio, porque a través de la figura de
“homicidio doloso” está considerado con prisión preventiva.
O que
se necesite incorporar la corrupción; los ejemplos de los ex gobernadores de
Tabasco, Quintana Roo, Sonora, entre otros, demuestran que los fiscales
lograron justificar ante los jueces su solicitud de cárcel para estas personas.
El
delito de robo de combustibles muestra con claridad la sinrazón del presidente
López Obrador para presionar al Congreso a reformar el artículo 19
constitucional. Resulta que desde 2016 existe una Ley Federal para Prevenir y
Sancionar el Robo de Hidrocarburos. En su artículo 4, ordena a los fiscales
investigadores a pedir invariablemente la prisión para todas aquellas personas
acusadas de cualquiera de las modalidades delictivas del “huachicoleo”. Las
penas fueron incrementadas en mayo pasado, hasta 40 años, y se le dotó a la
Procuraduría Fiscal de nuevas facultades para intervenir cuentas y operaciones
de las empresas y empresarios dedicados a esta actividad. Las cifras oficiales
de detenidos entre 2016 y noviembre de 2018 oscilan en alrededor de 2,000
personas anuales. Además de esta ley, la de Delincuencia Organizada (art. 2, f.
IX) contempla el robo de hidrocarburos. ¿Se ha procesado a alguien con esta
imputación, que amerita prisión preventiva automáticamente? En los dos primeros
meses del actual gobierno se ha informado de más de 600 detenciones, pero de
esas, un porcentaje muy bajo de personas vinculadas a proceso. ¿Le han
informado al presidente por qué no actuaron los fiscales e integraron una buena
carpeta de investigación? Nada indica que su incorporación al 19 constitucional
representará un alto a la impunidad en el robo de hidrocarburos.
Entonces,
¿dónde se encuentra el eslabón más débil de la cadena de la justicia?
Ni más
ni menos que en el Ministerio Público. Sus agentes, también llamados fiscales
investigadores, pueden dejar libre a un presunto responsable sin explicación
alguna, si consideran a su juicio que existen indicios insuficientes para
acreditar su posible culpa. O puede presentarlo ante el juez, quien decidirá si
procede la orden de aprehensión y, en ese caso, si enfrenta su proceso en
libertad o si lo hace desde la cárcel (por cierto, en el 85% de las veces,
concede la prisión si la solicita el ministerio público). Esto, amig@s
lector@s, aplica en todos los casos, incluyendo los actuales siete delitos del
artículo 19. El diagnóstico del problema es claro, pero la solución que
pretende imponer Morena desde su mayoría es engañosa, facilona y demagógica
porque descansa sobre premisas falsas.
La
Fiscalía General de la República es autónoma. Recientemente le aprobamos su ley
orgánica. Si sabemos que el problema está en la actuación del Ministerio
Público, resolvámoslo. Nosotros, haciendo reformas legislativas que lo
refuercen y obliguen a explicar su actuación, de cara a la sociedad y a las
víctimas. Y el nuevo fiscal, que se comprometa a realizar un programa de
emergencia para la formación de fiscales investigadores. Lo demás, es puro y
peligroso ruido.— Mérida, Yucatán.