Participación popular. Más consultas novedosas
Dulce María Sauri Riancho* Entre las novedades electorales de 2015 asoma la posibilidad de que, por vez primera, los mexicanos participemos en una “consulta popular”. Las reformas constitucionales recientes la incluyeron en su artículo 35, como vía para que la ciudadanía pudiera expresarse sobre temas de trascendencia nacional, que por su impacto en la vida colectiva ameritaran un respaldo que fuese más allá de la sanción de diputados y senadores. Una disposición de tal calibre, que podría eventualmente enmendarle la plana a los poderes Ejecutivo y Legislativo, tiene, sin embargo, numerosos y difíciles requisitos que cumplir para poder materializarse. En primer lugar, está limitado el número de quienes tienen la facultad de solicitar una consulta de esta naturaleza: el Presidente de la República, un tercio de los integrantes de cualquiera de las dos cámaras del Congreso de la Unión y -¡ojo!- los ciudadanos, en una cantidad equivalente al 2% de los inscritos en la lista nominal de el