Nuevo sistema de justicia penal, señales de alerta
Dulce María Sauri Riancho
Hace
unos días, el Diario de Yucatán dio
cuenta de dos robos cometidos en un exclusivo fraccionamiento del norte de la
ciudad. Las cámaras de seguridad instaladas en el interior de los domicilios
lograron captar imágenes de uno de los ladrones. Era el mismo personaje que,
meses atrás, cometió un asalto similar en Quintana Roo. En esa ocasión fue
detenido y llevado a juicio en el marco del nuevo sistema penal acusatorio.
Admitió su culpa; aceptó reparar el daño y devolvió a la víctima del robo dos
tantos más de lo que supuestamente había sustraído. Una vez conseguido el
perdón por esta vía, salió a la calle para continuar sus actividades
delictivas. La situación narrada es llamativa, pero no es excepcional. Tal
parece que existe una puerta giratoria, una especie de rehilete, por el que más
tardan los delincuentes en ser detenidos, que en lograr su libertad al amparo
de los nuevos procedimientos judiciales.
Un
breve repaso a las características del nuevo sistema de justicia penal puede
ayudar a normar nuestro criterio sobre sus retos y posibilidades. Primer paso:
la denuncia o detención inmediata, si la persona es sorprendida en flagrancia,
tal como lamentablemente sucedió con el asesino de la joven mujer en Plaza
Fiesta. Si esto último sucede, pasa de inmediato al juez. Segundo paso: la
investigación. Corre a cargo de la policía especializada, que en el caso de
Yucatán depende de la Secretaría de Seguridad Pública. Con los elementos
recabados, es la Fiscalía General del Estado (FGE) quien determina si se cuenta
con suficientes evidencias para acudir al juez de control, que decide si se
somete a juicio a la persona imputada. Si es el caso, el juez puede imponer
medidas cautelares para asegurar su presencia. Tercer paso: el juez admite las
pruebas que se revisarán durante el juicio y que son presentadas tanto por el
imputado como por la víctima. En esta etapa del proceso es cuando se dan las
llamadas “salidas alternativas”. Significa que el imputado acepte su culpa
(como el ladrón de cajas fuertes) y repare el daño ocasionado a la víctima. Si
el esfuerzo de mediación fracasa, se sigue juicio. Cuarto paso: el juicio oral.
En el nuevo sistema de justicia, implica una audiencia pública en que el
ministerio público, que actúa como acusador, y la defensa del imputado debaten ante
el juez. Con estos argumentos, el juzgador decide sobre la culpabilidad o la
inocencia del acusado.
Desde
mi perspectiva, son tres las novedades del recién implantado sistema penal.
1.- La
cárcel. En el sistema anterior, cualquier acusado tenía en los hechos que
demostrar su inocencia, las más de las veces, desde la cárcel. Si la media de
prisión por los delitos presuntamente cometidos era inferior a cinco años,
podía enfrentar el proceso en libertad, previo pago de una fianza. Esto hacía
que solamente aquellos que contaran con recursos económicos, además de un buen
abogado, pudieran evadir la prisión preventiva. Ahora, casi todos los
“imputados” pueden hacerlo en libertad, portando un “brazalete”, que permite
ubicar al procesado donde quiera que se encuentre; o el convencional sistema de
presentarse a firmar con cierta periodicidad.
2.-Soluciones
alternativas al juicio. Evitan que la gente vaya a la cárcel por robar desde una
gallina hasta una caja fuerte. Sólo funcionan en los delitos que no son considerados
“graves”, como son homicidio, secuestro, violación. Tampoco existe mediación
para la violencia doméstica, que pone frente a frente a víctima y victimario, aunque
muchas veces las mujeres otorgan el perdón a los cónyuges o parejas agresoras.
“De lo perdido, lo que aparezca”, “más vale un buen arreglo a un mal pleito”,
etc., refranes de la sabiduría popular que abonan a la mediación para evitar ir
a juicio.
3.-El
juicio. Es público y oral. Todo se graba en video-, para cualquier consulta
posterior. De esta manera se pueden conocer con claridad los argumentos de las
partes y las razones del juez para condenar o liberar al imputado.
No son
pocas las voces de la sociedad que critican severamente los resultados de la
aplicación del nuevo sistema de justicia penal. En algunos casos, como sucede en
la ciudad de México, sus mismas autoridades atribuyen el aumento de los robos y
asaltos a los nuevos mecanismos que, supuestamente, hacen nulos los esfuerzos
de la policía y de los ministerios públicos para contener las actividades
criminales. Y cuando nos enteramos de sucesos como los de los ladrones de cajas
fuertes, también se los atribuimos al nuevo sistema, que no dejó bajo resguardo
a los delincuentes.
Desconocemos
el porcentaje de personas sujetas a proceso que respetan las nuevas medidas
cautelares. Parece que sólo uno de cada diez lo hace, en tanto que los demás
aprovechan la opción de libertad para poner pies en polvorosa, con todo y
brazaletes electrónicos. Los acusados de portación de armas de uso exclusivo
del ejército (metralletas, “cuernos de chivo”, morteros, etc.), también pueden
rápidamente volver a la calle, porque no es delito grave. Estas aberraciones
legales serán seguramente corregidas en breve tiempo. Pero falta el cambio
verdadero, que se manifiesta en el terreno de la cultura y las prácticas
sociales. ¿Por qué no huyen los acusados en Estados Unidos y aquí sí? Porque
conocen el elevado costo que representa hacerlo. Reaprehendidos, los mandan a
prisión sin alternativa alguna. La reincidencia delictiva se castiga duramente.
Por eso la sociedad confía en un sistema que da oportunidad de rectificación.
Pero si la persona no la aprovecha, entonces cae sobre ella el “duro peso de la
ley”. Es el siguiente paso que debemos dar. En tanto, démosle oportunidad de
madurar al nuevo sistema de justicia penal. Arreglémoslo, mejorémoslo, pero no
lo desdibujemos y sobre todo, no caigamos en la nostalgia de extrañar el
pasado. dulcesauri@gmail.com