Seguridad carretera. Conciliar intereses enfrentados

Dulce María Sauri Riancho
El Diario de Yucatán, en su edición del lunes 22 de septiembre, informó de una reunión que tuvieron el viernes 19 dirigentes de distintas organizaciones empresariales con el titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), en la que el presidente del Consejo Coordinador Empresarial, Mario Can Marín, solicitó al licenciado Ruiz Esparza que se procediera a la revisión de la clasificación de carreteras, con la finalidad de que puedan circular por carreteras federales algunas unidades de carga que ahora sólo pueden transitar por carreteras de cuota. Para normar el transporte carretero de carga, que es una atribución federal, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) cuenta con dos instrumentos básicos: uno es la Norma Oficial Mexicana 012 SCT-2 , sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal; y el segundo, la clasificación de carreteras, que establece el tipo de camiones, su peso y volumen, para circular por las carreteras del país, atendiendo a sus características técnicas. Esta última es la que obliga a que determinadas unidades de carga transiten exclusivamente por autopistas.

La NOM 012 SCT-2 fue recientemente revisada con cambios profundos en relación con la de 2008, que era la vigente. Las modificaciones fueron sugeridas por un grupo de expertos. Culminado el complejo sistema de consultas, la nueva norma se dio a conocer el pasado 24 de septiembre, en la reunión que celebró el Consejo Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, que se realizó en Cancún. Fue aprobada por mayoría, con los votos en contra de los representantes de cinco organizaciones del sector privado.

Desde luego que los funcionarios de gobierno están obligados a escuchar y analizar todas las opiniones, sugerencias y reclamaciones de la sociedad, provengan éstas de individuos o de organizaciones. Pero los gobernantes no pueden atender exclusivamente a demandas de tipo económico, por legítimas que sean, cuando está de por medio la vida y la seguridad de tantas personas, para no hablar de daños materiales, cuando alguno de estos enormes transportes ocasiona algún percance. Periódicamente, el reporte de algún accidente carretero, con elevadas cifras de muertos y heridos, sacude a la opinión nacional y arranca críticas por la falta de vigilancia de las autoridades y la nula precaución de choferes y usuarios en general. Por desgracia, los accidentes mortales en las carreteras del país son cada vez más frecuentes y más graves, pues un alto porcentaje de los mismos involucra a unidades de transporte de pasajeros y a grandes camiones de carga. Un grave accidente detonó la revisión de la NOM en 2013, en San Pedro Xalostoc, en el Estado de México, cuando el remolque de una pipa que transportaba combustible se desprendió causando el incendio de numerosas casas, con saldo de 24 personas fallecidas y más de 30 gravemente quemadas. Se sumaba a la cifra de 242 accidentes ocurridos entre 2008 y 2013, en los que habían estado involucradas unidades “de doble remolque”.

Costó muchísimo tiempo y esfuerzo cambiar la normatividad vigente desde 2008, atendiendo las reclamaciones de mayor seguridad de distintos sectores, como reacción a estos frecuentes y graves percances ocurridos en las carreteras del país. Entonces ¿por qué el dirigente empresarial yucateco realizó el planteamiento? Desde luego que tiene que ver con la carretera de cuota Mérida-Cancún, los “doble remolque” y otros camiones cargados de turbosina, materiales de construcción y otros, que obligatoriamente tienen que tomar la autopista para trasladarse a Valladolid, Cancún o la Riviera Maya desde esta ciudad. La única forma de entender el reclamo-solicitud empresarial es prestando atención al cobro de cuotas de peaje que se realiza en sus dos casetas: Chichén Itzá y Nuevo Xcán, apenas incrementadas el pasado 14 de septiembre. Para los camiones de carga el precio por el trayecto total de 242 kilómetros fluctúa entre mil noventa pesos (camiones de tres ejes) y un máximo de dos mil 241 pesos (siete ejes y más), sólo viaje de ida. Muy probablemente los socios yucatecos de la Canacintra aducen que lo elevado de las tarifas no compensa el tiempo ahorrado y sí eleva sus costos y, por lo tanto, les resta competitividad en los mercados quintanarroenses.

La autopista a Cancún es cara, pero ha liberado a numerosas poblaciones del paso de las pesadas unidades que durante mucho tiempo acompañó sus días y perturbó su descanso nocturno. Allá es donde la autoridad de la SCT tiene la posibilidad de intervenir ante el concesionario, en este caso Ingenieros Civiles Asociados (ICA), para encontrar una fórmula que permita no sólo conservar sino incentivar su utilización como vía por excelencia para el traslado de mercancías y personas en condiciones de seguridad y rapidez. Más porque en poco tiempo entrará en servicio el ramal que llevará directamente hasta Playa del Carmen. Habrá que explorar alternativas. Una de ellas podría fincarse en incrementar la deducibilidad de los gastos de cuota y peaje para las empresas que utilicen la autopista.


Lo que de manera alguna es una solución es la “liberación” de las carreteras federales para que transiten libremente, como antaño, enormes y peligrosos camiones. Es más: habría de realizarse una revisión sobre las normas estatales en la materia, para alinearlas con las federales. ¿O vamos a esperar a que una tragedia como la de San Pedro Xalostoc enlute hogares yucatecos para reconsiderar?- Mérida, Yucatán.

Entradas populares de este blog

Vieja virtud: "Veo, oigo y ¿callo?

Yucatán: fortalezas, debilidades, amenazas, oportunidades

Reelección consecutiva | Costos y beneficios