Janie Rosaura y la violencia contra las mujeres

Dulce María Sauri Riancho

Janie Rosaura Salazar Pérez, madre de cinco hijos, falleció junto con tres de ellos. Fueron ultimados por su esposo y padre, de quien se encontraban separados por su comportamiento violento. Janie había acudido a las instituciones en busca de ayuda para enfrentar la situación con su marido y lograr la protección para su familia. Unos días después, en menos de una semana, otras dos mujeres fueron asesinadas por familiares en la zona conurbada de Mérida.

No sólo en el ámbito familiar se ejerce violencia contra las mujeres -sexual, física, económica, sicológica-, sino también suele suceder en el trabajo o en la comunidad. Sin embargo, es en el seno del hogar donde se presenta con mayor frecuencia el abuso de poder que significa imponer la voluntad mediante el uso de la fuerza, bien sea de las palabras o de los puños, del regateo del dinero o en las relaciones sexuales. Durante mucho tiempo, para las mujeres un marido violento era "la cruz que me tocó cargar" y sus agresiones, que incluían ojos morados y hasta brazos rotos se sufrían en el silencio y la intimidad de la familia.

Desde 2008 Yucatán tiene la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, con 76 artículos y su Reglamento respectivo, que permitiría aplicarla a plenitud. Son 11 instituciones del gobierno, de los poderes Ejecutivo y Judicial las que forman el "Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres". El Sistema es presidido por el Ejecutivo y cada una de las dependencias gubernamentales tiene su responsabilidad específica, enunciada en la propia Ley, como la Secretaría de Seguridad Pública, la Fiscalía del Estado, el Consejo Estatal para prevenir y atender la violencia intrafamiliar, el DIF, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y otras seis más, siendo el Instituto de Equidad de Género de Yucatán (IEGY) la instancia encargada de vigilar que las instituciones cumplan los compromisos contenidos en el programa estatal para prevenir y atender la violencia contra las mujeres.

Esta red institucional tiene un solo propósito: que todas las mujeres yucatecas ejerzan su derecho a una vida libre de violencia. La ley mandata a las instituciones a coordinarse entre ellas y establece que cada tres meses el Sistema debe informar "... de los logros y avances del Programa Estatal...". Todas las dependencias públicas responsables tienen el deber de "canalizar" a las víctimas de la violencia a las instituciones que les presten asistencia y protección, como el DIF, de acuerdo con el Art. 49 de la citada ley. Para que el Sistema y cada una de las instituciones que lo integran funcionen, el Presupuesto de Egresos debe considerar la correspondiente partida, es decir el gobierno tiene que proporcionar los recursos necesarios y suficientes.

La "piedra de toque" de todo este entramado legislativo es la responsabilidad gubernamental de "... Promover la cultura de la denuncia de la violencia contra las mujeres en el marco de la eficacia de las instituciones para garantizar su seguridad e integridad..." (Artículo 34, f. X). Convencer a una mujer de que tiene derecho a denunciar la violencia en su contra entraña un gran compromiso para las instituciones del gobierno: de protección, de ayuda, de acompañamiento en el complicado proceso que implica interponer una demanda de divorcio, o una denuncia por agresión o maltrato. Por eso la Ley tiene un capítulo especial destinado a normar las "órdenes de protección", que implican mandamientos judiciales para que el agresor permanezca alejado de la o las víctimas de la violencia, su posible traslado a los albergues creados ex profeso para recibirlas, junto con sus hijos, además de una atención expedita en las instancias judiciales.

De todo este recuento de normas muy poco alcanzó para Janie Rosaura y sus hijos. Al igual que muchas personas con problemas familiares, ellos acudieron al DIF, que es la institución pública más conocida para atender a la familia, pero no fueron "canalizados" ni a la Fiscalía, ni al IEGY ni el Sistema Estatal para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres actuó oportunamente. No hay constancia de que se le haya ofrecido a Janie su traslado a algún albergue, ni hubo orden que mantuviera al esposo agresor lejos de su familia. Quizá hubo una estimación ligera sobre el caso, que minimizó el potencial de violencia del cónyuge y que habría de explotar con sangrientos resultados.

Algunos pensarán que los funcionarios públicos tienen poca responsabilidad en los arrebatos de celos que acompañan generalmente a crímenes como éstos. Que ellos y ellas no pueden preverlos, que las víctimas de violencia doméstica tienden a desdecirse de sus acusaciones y que, por lo tanto, no vale la pena poner empeño en investigar. No es así.

Janie Rosaura y sus hijos son una muestra dolorosa de la enorme distancia que separa a la ley de la realidad, a los buenos propósitos de las prácticas institucionales descoordinadas y superficiales. Una vez más, encontramos Consejos y Sistemas que existen sólo en el papel, con programas que duermen en los escritorios y con mecanismos de evaluación que no se aplican. La ley, no lo olvidemos, es condición necesaria, pero nunca suficiente para combatir en forma efectiva la violencia contra las mujeres. Sólo será eficaz si demandamos como sociedad su cabal aplicación.- Mérida, Yucatán.

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