Reducción del Congreso. Otra afrenta a las mujeres
Publicado en Suplemento Enfoque. Periódico Reforma.
Por: Dulce María Sauri Riancho
El año que finalizó recientemente dejó dos situaciones que cuestionan los avances en la lucha de las mujeres por el pleno ejercicio de sus derechos. Por una parte, las reformas realizadas en 18 constituciones estatales para reconocer el derecho a la vida desde la concepción, hizo retroceder el debate sobre las políticas de salud sexual y reproductiva a etapas anteriores a los años 60; polarizó a importantes segmentos de la sociedad y ha estigmatizado a quien ha osado argumentar sobre el derecho de las mujeres a decidir.
Menos visible, pero no por ello menos costosa, es la reducción a la participación de las mujeres que se ha deslizado, de manera implícita, en el debate sobre la reforma política en la parte relativa al número de integrantes de las cámaras de Diputados y de Senadores y la vía de acceso: mayoría relativa (MR) o representación proporcional (RP).
Sostengo que una reducción del número de legisladores por la vía plurinominal afectará principalmente a las mujeres, en uno de los derechos políticos por lo que más intensamente hemos luchado durante largos años: participar en los procesos de toma de decisiones en la vida pública en condiciones de igualdad.
El debate
El Presidente Felipe Calderón, en su “paquete integral de reforma política”, presentado el pasado 15 de diciembre, propone reducir el número de integrantes de ambas cámaras del Congreso, “…con el propósito de dar mayor eficiencia al trabajo legislativo y reconocer la exigencia ciudadana de evitar un uso dispendioso de sus recursos…”. De prosperar su iniciativa,
Existen desde luego, otras propuestas e iniciativas presentadas en el Congreso relativas al tamaño de las cámaras. Está previsto el inicio del debate en fecha próxima, con una posible solución legislativa dentro del próximo periodo de sesiones del Congreso.
La reducción del tamaño de las cámaras afecta a las mujeres.
Desde la elección de Aurora Jiménez de Palacios, en 1955, como primera diputada federal, la lucha de las mujeres por el acceso a la representación popular ha sido intensa e incesante.
A pesar de los compromisos internacionales contraídos por México, no fue sino hasta noviembre de 1996 cuando quedó establecido, por vez primera en un transitorio, el tenue mandato a los partidos políticos de introducir en sus estatutos un porcentaje mínimo de participación femenina.
Fue hasta el 30 de abril de 2002 cuando fue reformado el artículo 175, en sus fracciones A, B y C, para establecer la obligación de los partidos políticos de registrar candidaturas de manera proporcional, sin que ningún género representase más del 70 por ciento. Efectivo el mandato para la elección federal de 2003, representó un incremento importante de diputadas en la LIX Legislatura, aunque todavía lejos del 30 por ciento.
La reforma a la legislación electoral de 2007 modificó los procedimientos del COFIPE para el registro de candidaturas. El artículo 219 elevó a 40 el porcentaje mínimo del mismo género (léase mujeres) y garantizó la integración por segmentos de cinco candidatos, en los que al menos dos deberán ser de género distinto.
Pero la propia disposición del COFIPE contiene una salvedad que en la práctica la anuló parcialmente: “…Quedan exceptuadas de esta disposición las candidaturas de mayoría relativa que sean resultado de un proceso de elección democrático, conforme a los estatutos de cada partido…”.
Conformada antes de las reformas mencionadas, el Senado tenía solamente 19.5 por ciento de mujeres (25 senadoras)[1], de las cuales 11 (44 por ciento) ingresaron vía Lista Nacional (R.P.). Destaca que únicamente el 14.5 por ciento (14 de 96) entraron por mayoría relativa (MR o Primera Minoría).
La actual legislatura en la Cámara de Diputados fue integrada con las nuevas disposiciones respecto al género. Sin embargo, el 27. 6 por ciento (138 mujeres)[2] que representa, todavía está lejos de la meta del 40 por ciento, “…procurando llegar a la paridad…”[3].
¿Por qué afecta la reducción principalmente a las mujeres?
Las diputadas que llegaron vía la RP representan el 63 por ciento del total de mujeres. De los 200 legisladores por esta vía, 43.5 por ciento son del sexo femenino (87), poco más del 40 por ciento que establece la ley. En cambio, de los 300 diputados de mayoría relativa, sólo el 17 por ciento (51) son mujeres. Estas cifras ilustran el efecto de la salvedad de cumplir con el porcentaje en el caso de las candidaturas de MR.
Por partido político, el contraste entre legisladoras MR y RP es aún más marcado. El PRI, que tiene el mayor número de diputados MR (184), es el que tiene el menor porcentaje de legisladoras (21.5 por ciento). Esto se debe a que sólo 29 de los 184 diputados por el principio de Mayoría Relativa (16 por ciento) son mujeres; en tanto que por RP la representación femenina priísta asciende al 43 por ciento (22) de su total de diputados.
En el caso del PAN, segundo en número de legisladores, su representación se divide casi por mitad entre MR y RP (70 y 73 diputados respectivamente). Sin embargo, el 33 por ciento de su total son mujeres (47), de las cuales 31 llegaron por RP (42 por ciento) y sólo 16 por MR.
El Grupo Parlamentario del PRD está conformado por 71 legisladores, 31 por ciento (22) mujeres. Más de la mitad de quienes llegaron por la vía de la RP (53 por ciento, 17 diputadas) son del género femenino.
En los otros partidos políticos representados en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados el impacto de la disposición del COFIPE es mucho mayor, puesto que casi todos sus legisladores accedieron por la RP, como Convergencia que cuenta con representación paritaria de hombres y mujeres; el PVEM, PT y PANAL, entre 38 y 30 por ciento de mujeres.
Conclusiones
A mayor peso de la vía de Mayoría Relativa (MR), menor representación femenina. El valladar –algunas veces frágil- que pone la ley a los prejuicios y resistencias a la participación de las mujeres como candidatas, es fácilmente eludible a través de los métodos estatutarios “de elección democrática” que los partidos establecen, que anulan la obligatoriedad de la disposición.
Por si no fuera suficiente, la violencia contra las mujeres –entendida como un abuso de poder- encuentra una nueva manifestación en las candidaturas registradas para cumplir con la “cuota de género”, en que la propietaria es acompañada en la fórmula por un suplente hombre que tiene garantizada la licencia de la titular al iniciar la legislatura porque es su esposo, pariente o jefe.
Las propuestas
Pasar del “60-
Si la reforma fuera más allá, hasta la eliminación del principio de RP para el acceso a la Cámara de Diputados, las mujeres quedarían reducidas a un modesto 17 por ciento, casi 11 puntos menos que el porcentaje actual.
Las medidas de acción afirmativa que han representado las “cuotas de género” para avanzar hacia el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, todavía no cumplen con su cometido de garantizarles iguales oportunidades que a los hombres. Las prácticas culturales y las tradiciones se han transformado lentamente, no sin resistencias y retrocesos, como lo revela el caso de las “Juanitas”.
Las mujeres, al igual que otros grupos marginados por muchos años de la representación política, como los indígenas, requieren políticas de largo alcance. Realizar la reforma de las instituciones del Estado demanda pensar y decidir con perspectiva de género, con la clara visión de ampliar los espacios de participación de las minorías. Más todavía en el caso de quienes conformamos más de la mitad de la población de México.
[1] Dos senadoras del PVEM solicitaron licencia por tiempo indefinido al iniciar el 1er período de
[2] Al 15 de diciembre de 2009. En las sesiones de
[3] Artículo 219, Numeral 1 del COFIPE.