Juicio político y ciudadano

La acusación contra la gobernadora

Dulce María Sauri Riancho

No es la primera vez que se presenta ante la Cámara de Diputados una solicitud de juicio político contra un gobernador. En el caso de Yucatán, existe el antecedente de Ernesto Novelo Torres, quien gobernó entre 1942 y 1946, y más cercana en el tiempo, la demanda presentada contra Víctor Cervera Pacheco por el conflicto preelectoral de 2000. Huelga decir que ninguna procedió.

La semana pasada un grupo de siete ciudadanos acudió a esta figura que permite cuestionar el desempeño de los funcionarios de elección popular quienes de ser considerados culpables pueden ser destituidos de sus cargos e inhabilitados para desempeñar cualquier trabajo en la administración pública. Los impulsores del juicio político contra la gobernadora de Yucatán justificaron su demanda con cinco argumentos de violación a la Constitución: Gastos por encima del presupuesto autorizado por el Congreso del Estado y manipulación de los estados contables para ocultarlo; irregular manejo de los créditos contratados por el gobierno, en particular el de $1,870 millones y el dudoso cumplimiento del mandato constitucional de destinar los recursos a la "inversión productiva"; obras públicas inconclusas, a pesar de tener los recursos asignados para terminarlas. En particular destacan los casos de los hospitales de Valladolid y Tekax; falta de transparencia y rendición de cuentas sobre los convenios con la Federación y el incumplimiento de las aportaciones estatales, además de la adquisición de los terrenos donde se ubica la zona arqueológica de Chichén Itzá a un precio muy por arriba del avalúo oficial; "violaciones graves a la obligación de preservar el orden público y garantizar el pleno respeto de los Derechos Humanos de los gobernados", por los lamentables hechos del 4 de julio en la glorieta de la colonia México.

El juicio político es una vieja institución del régimen constitucional mexicano. En su etapa reciente se han modernizado sus procedimientos para atender el carácter plural de la Cámara de Diputados y atemperar los excesos que permitían decretar la "desaparición de Poderes" en un estado casi por un "... quítame estas pajas...". Ahora, una vez ratificada la demanda -que se hizo dentro del plazo de tres días-, se deberá integrar la subcomisión de Examen Previo, con diputados de las comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, quienes realizan una revisión crítica de los argumentos que sostiene la acusación. Si proceden, se turna la demanda a la Comisión Instructora, responsable de emitir el dictamen que se turna al Pleno de los 500 diputados para su análisis y votación.

Si una demanda de Juicio Político culmina con la procedencia de la acusación, entonces es turnada al Senado de la República para que éste emita la sentencia correspondiente. Tratándose del gobernante de un estado, el Congreso local actúa como juez, lo que significa que puede aceptar o desechar la acusación declarada como procedente por la Cámara de Diputados federal. Como tantas cosas en transición, nos fuimos de la utilización ligera de la figura del juicio político para dirimir problemas internos del grupo gobernante, al otro extremo: para que proceda una acusación se necesita un auténtico milagro, pues tienen que concurrir los intereses políticos de la mayoría de los diputados -en este caso del PRI- y la determinación del Congreso de la entidad federativa, que sería el de Yucatán.

Para tener una idea de la escasa posibilidad de que proceda un juicio contra un gobernante del PRI en esta legislatura, basta realizar un repaso a la integración partidista de las distintas comisiones de la Cámara de Diputados. En todas, por ser mayoría legislativa, el PRI predomina, casi el 50%. Sin embargo, la Comisión de Gobernación es presidida por un panista (Javier Corral), la de Puntos Constitucionales por uno del PRD (Alejandro Encinas) y la de Justicia por el PRI (Humberto Benítez). La Comisión Jurisdiccional está encabezada también por el PRI (César Augusto Santiago). Excepto en la subcomisión de Examen Previo, en todas las demás claramente el PRI es mayoría, como también en el Congreso de Yucatán, que sería el que emitiría la sentencia.

El Juicio Político -para destituir e inhabilitar- y el Juicio de Procedencia -para poner a disposición de los tribunales al funcionario con fuero- son figuras jurídicas hermanas, pero diferentes. El procedimiento es el mismo -decide el Pleno de los 500 diputados-, aunque su origen y sus efectos jurídicos son distintos. Aún así, entre 1983 y 2005 sólo procedieron dos juicios para levantar el fuero constitucional y permitir la actuación de los tribunales judiciales. El primero fue contra Jorge Díaz Serrano, senador entonces y ex director de Pemex. El otro fue contra Andrés Manuel López Obrador, jefe de Gobierno del Distrito Federal. Hasta la fecha, no ha culminado juicio político alguno.

No coincido con mis compañeros legisladores del PRI en la descalificación a priori de la petición de juicio político contra la gobernadora de Yucatán y de quienes la presentaron. Independientemente de que sólo en la Comisión de Puntos Constitucionales hay dos diputados yucatecos, ambos del PRI, que serían los únicos en condiciones de formar parte de la subcomisión de Examen Previo, Considero necesario que los diputados y senadores por Yucatán estudien a profundidad y detalle los argumentos presentados por los siete ciudadanos proponentes. Si son o no simpatizantes o militantes del PAN, o simples opositores al gobierno, no es relevante. Lo que importa es que reflejan el pensamiento y la percepción de un grupo de ciudadanos yucatecos sobre la actuación de sus autoridades, que decidieron acudir a la máxima instancia de representación nacional para hacer valer sus derechos.- Mérida, Yucatán.

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