Doble jornada. Igualdad Cotidiana
Dulce María Sauri Riancho
Pocas veces las conmemoraciones se
ven acompañadas con hechos. Este 8 de marzo es uno de esos felices casos. La
primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió
proteger a las mujeres que ejercen su profesión y a la vez se dedican al hogar,
esto es, la famosa “doble jornada”. El asunto que dio lugar a la resolución de
la Corte derivó de un juicio de divorcio de una pareja que permaneció casada
por más de 40 años. No lo dicen los documentos, pero puedo imaginar a un joven
matrimonio de profesionales, que deciden iniciar su vida de casados trabajando
ambos en su respectiva carrera. Los hijos llegan y la pareja toma el acuerdo de
que ella, la madre, se dedicará a su atención, para lo cual tiene que abandonar
o al menos, descuidar la actividad en la que era tan exitosa. Los años pasan, y
de pronto deciden acabar con una relación que se había deteriorado. Podemos
especular sobre las razones del rompimiento: cansancio, síndrome del “nido
vacío”, una vez que los hijos se van; infidelidad o quizá la decisión del
“segundo aire” que toman algunos señores cuando ven que sus obligaciones
familiares han cesado y que pueden darse la “recompensa” de reiniciar el camino
con una mujer tan joven como su propia hija.
El contrato matrimonial de esa
antigua pareja establecía el régimen de separación de bienes, por lo que cada
uno conservó las propiedades anteriores al matrimonio y se convino que en el
futuro, cada bien adquirido se pondría a nombre de quien lo pagara. Ella
atendía la casa y de vez en cuando quitaba tiempo a su obligación central para
realizar alguna actividad relacionada con su casi olvidada profesión. En
cambio, él se pudo dedicar sin preocupación alguna a trabajar para alcanzar el
éxito profesional y económico. “Casualmente”, la casa familiar, el chalet de
verano, los automóviles, la cuenta de inversión, acumulados a lo largo de los
años, quedaron a nombre de él, principal proveedor económico de la familia.
Pero “el amor acaba”, como sucedió
con esta pareja. Sin dependientes económicos por los cuales otorgar pensión
alimenticia, la mujer se percató tarde de los pocos bienes que tenía a su
nombre, a pesar de haber trabajado al unísono con él para lograr la prosperidad
familiar. Todo parecía perdido para ella. A los más de 60 años, sin oportunidad
real de emprender un negocio que le permitiese sostenerse, parecía que su
destino era la dependencia económica de alguna de sus tres hijas, mientras que
él se dedicaría a gozar de los rendimientos del éxito. Además, ella había
tenido un empleo remunerado, aunque de carácter temporal, por lo que no podría
aducir que sólo se había dedicado al hogar. Sin embargo, un amparo contra la
sentencia de divorcio de un tribunal civil, llegó a la SCJN, que resolvió a su
favor. De esta manera, ella obtuvo el 50% de los bienes adquiridos durante su
matrimonio, porque durante los 40 años que estuvo casada, dijo la Corte,
“aunque tuvo actividades profesionales, se dedicó preponderantemente al cuidado
del hogar y a sus tres hijas” y esta importante responsabilidad familiar, a
juicio de los ministros de la SCJN, “le impidió desarrollarse en el ámbito
profesional en igualdad de circunstancias que su exmarido”. Esta aseveración me
remite a un reportaje recientemente publicado en El País
(https://politica.elpais.com), titulado “El coste de ser madre”. De acuerdo con
las investigaciones, los sueldos más bajos, la falta de oportunidades laborales
y la dificultad de ascender en la empresa, se deben fundamentalmente a que las
mujeres “cuidan a los hijos” y que ésta es su prioridad.
En las encuestas especializadas
del Inegi se pregunta a mujeres y hombres sobre el tiempo que dedican a las
actividades domésticas. Los hombres realizan un promedio de 15.2 horas a la
semana, en tanto que las mujeres emplean 42.3 horas, es decir, casi tres veces
más que ellos. Sólo dos de cada 10 madres trabajadoras alcanzan guarderías para
sus niños, hasta que cumplen cuatro años. Ese mismo día la madre deja de
recibir el servicio y por su cuenta tiene que resolver el problema del cuidado
del menor o menores con una vecina, con la abuela, o como Dios le dé a
entender, si quiere mantener su empleo. Ser profesional, obrera u oficinista,
no exime a las mujeres de las tareas del hogar, que incluyen la atención a los
menores y a los adultos mayores de la familia. En los hogares de clase media se
puede pagar por el trabajo de alguna persona que sustituya parcialmente el de
sus integrantes femeninas. Casi dos millones de trabajador@s doméstic@s (más
del 90% del sexo femenino) tienen como actividad económica principal el
servicio doméstico. Es el núcleo más grande de mujeres trabajadoras sin
prestación alguna, seguridad social, salud, horarios, etcétera. Esto tiene que
cambiar.
La Suprema Corte hizo visible y
dio alternativa de solución a la desigualdad social que todavía enfrentamos las
mujeres. La mayoría no está interesada en los cargos de representación popular,
quizá ni en la política, pero tiene problemas concretos que afectan su vida
diaria. Las mujeres que ganen su elección están obligadas a trabajar a su
favor. Es lo que le da sentido a la lucha por la paridad en las candidaturas.
“Ko’olel. Transformando el
camino”. Así se titula la exposición que abrirá sus puertas mañana en el Museo
Regional de Antropología Palacio Cantón. Cientos de mujeres yucatecas de todos
los tiempos adquieren nombre, rostro, voz. Salen de la oscuridad y brillan en
la historia.— Mérida, Yucatán.